miércoles, 1 de enero de 1992

CONVENIO COLECTIVO DE INDRA SISTEMAS - INDRA SSI




Artículo 18. COMPUTO ANUAL DE JORNADA
Durante la vigencia del presente Convenio se establece una jornada en cómputo anual de 1.691 horas de trabajo efectivo para todos los trabajadores incluídos en su ámbito personal de aplicación.
Artículo 19. HORARIO DE TRABAJO
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior sobre el cómputo anual de la jornada, fijado en 1.691 horas de trabajo efectivo, se establecen los siguientes horarios:
A - JORNADA DE INVIERNO -
Jornada semanal de 39 horas de trabajo efectivo
De Lunes a Jueves: Jornada tipo de 8 horas de trabajo efectivo
Horarios:
Entrada: Flexible entre las 7.30 horas y las 9.30 horas
Salida: Flexible entre las 16.30 horas y las 19.00 horas.
Comida: Un máximo de dos horas.
Tiempo obligado de permanencia - Entre las 9.30 horas y las 13.30 horas y entre
las 15.30 horas y las 16.30 horas.
Viernes: Jornada tipo de 7 horas de trabajo efectivo.
Horario:
Entrada: Flexible entre las 7.30 horas y las 9.30 horas
Salida: Flexible entre las 14.30 horas y las 15.30 horas.
B - JORNADA DE VERANO
Jornada semanal de 35 horas de trabajo efectivo
Horarios:
De Lunes a Viernes, jornada continuada de 7 horas de trabajo efectivo.
Entrada: Flexible entre las 7.30 horas y las 8.30 horas
Salida: Flexible entre las 14.30 horas y las 15.30 horas
Durante la jornada de verano y sólo para los días en que dure el curso escolar (E G B) podrá prolongarse, para el personal con hijos en edad escolar, la flexibilidad en la entrada hasta las 9.30 horas.
La jornada de verano comenzará el día 1 de Junio y finalizará el día 30 de Septiembre, ambos inclusive.
C - PERSONAL DESPLAZADO EN DOMICILIO DEL CLIENTE
El personal desplazado por razón del servicio al domicilio del cliente, se atendrá en jornada y horario al del cliente con el límite en jornada anual de 1.691 horas de trabajo efectivo pudiéndose realizar un cómputo trimestral de diferencias.
La Dirección de la Empresa, procurará pactar en los contratos que concierte con sus clientes, horarios y jornadas que coincidan con lo establecido para ambas materias en este Convenio.